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Los países de la UE logran un acuerdo que permite la semana laboral de más de 48 horas Imprimir Correo
Escrito por Global Verkana Services   
Martes 10 de Junio 2008
  • España fue uno de los países que se abstuvo de votar a favor de la propuesta
  • Tras cuatro años de negociaciones y al sexto intento, han aprobado la directiva
  • La medida no afecta a los contratos de menos de 10 semanas de duración
EFE | EUROPA PRESS

LUXEMBURGO.- Los países de la Unión Europea han alcanzado un acuerdo que consagra la posibilidad de ampliar la jornada laboral por encima de las actuales 48 horas semanales si así lo acuerdan el trabajador y el empresario, según anunció la Presidencia de turno eslovena.

Los ministros de Trabajo aprobaron por mayoría cualificada la reforma de la directiva de Tiempo de Trabajo -que aún debe recibir el visto bueno del Parlamento Europeo- con las abstenciones de varios países, entre ellos España.

La ministra eslovena de Trabajo y presidenta de turno del Consejo, Marjeta Cotman, aseguró que el acuerdo alcanzado "ofrece protección para los trabajadores y trabajadoras y flexibilidad en la ordenación del tiempo de trabajo".

Los Veintisiete deberán llegar ahora a un acuerdo en segunda lectura con el Parlamento Europeo, que tiene poder de decisión en esta materia. En primera lectura, los eurodiputados reclamaron la supresión de todas las excepciones a la jornada laboral de 48 horas semanales en un plazo de 3 años.

La directiva aprobada este martes -al sexto intento y tras cuatro años de negociaciones- establece que, como regla general, la semana de trabajo en la UE debe tener 48 horas como máximo.

Sin embargo, se permitirá que, en virtud de acuerdos individuales, empresario y trabajador puedan alargar la jornada laboral hasta 60 horas semanales, calculadas como media durante un periodo de 3 meses, e incluso hasta 65 horas en el caso de guardias médicas. España reclamaba que estas excepciones ('opt-out') a las 48 horas se eliminaran por completo tras un periodo transitorio.

No obstante, se contemplan una serie de salvaguardas para garantizar que los trabajadores aceptan el 'opt-out' voluntariamente y no forzados por temor al despido. El empresario deberá obtener un consentimiento por escrito del trabajador para trabajar más de 48 horas. La validez del consentimiento no podrá ser superior a un año y será renovable. El acuerdo entre empresario y trabajador no podrá firmarse en el momento de la rúbrica del contrato ni durante las cuatro primeras semanas de la relación laboral.

Pero además, se podrán incluso superar las 60 y las 65 horas laborales si hay un acuerdo entre los interlocutores sociales o si así lo establece el convenio colectivo.

Los contratos de menos de 10 semanas de duración no quedan cubiertos por estas disposiciones, y por tanto no tendrán ninguna limitación de horas de trabajo.

Fuente: El Mundo
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